Odontología Legal: estudio de la odontología en sus relaciones con el derecho. Se establece en dos sentidos distintos:
- Aplicación del derecho en la asistencia o cuidados odontológicos, es decir la practica de la odontología conforme al derecho, o siguiendo las prescripciones de la ley, lo que constituye la odontología legal.
- Aplicación de los conocimientos odontológicos con la finalidad de resolver problemas que se plantean al derecho, lo que constituye la odontología forense o judicial también llamada odontología medico legal.
- Conjunto de saberes que surge al relacionar la odontología y el derecho.
- El ejercicio de la odontología conforme el derecho.
Antiguamente el ejercicio de la profesión odontológica quedaba a libre entendimiento entre el paciente y profesionales, y el Estado no debía intervenir en estas cuestiones. En tiempos mas recientes para el ejercicio de la profesión se han dictado una serie de normas legales que delimitan y ordenan sus distintos campos y modalidades.Por lo tanto la odontología legal supone el conocimiento de las normas legales, su origen, los objetivos que persiguen, su repercusión en el plano profesional, su estudio y su critica.
Tácito en sus anales describe la identificación de un cadáver por sus incisivos. En 1477 fue reconocido el cadáver de Carlos el Temerario, quien murió en la batalla DE NANCES, por la ausencia de sus dientes superiores. . En 1775 se hizo el reconocimiento de Joseph Warren, quien murió en batalla, mediante un puente de plata con colmillos de hipopótamo por Paul Reveré.. En 1879 fue identificado el cadáver de Napoleón V por su odontólogo.
La odontología legal y forense, nacen a partir del año 1898 cuando Oscar Amoedo publico su libro, L´art dentaire en médicine légale. En esta obra se recogen de manera sistemática los principales problemas odontológicos relacionados con el derechos y también se incluyen una serie de casos judiciales o cuestiones concretas que ya habían sido planteadas ante tribunales. Durante mucho tiempo se partió del ejercicio liberal de la profesión, quedando todos los problemas encomendados a libre entendimiento entre el odontólogo y paciente.
La odontología forense en una primera fase se limito a resoluciones de problemas identificativos. En una segunda fase se incluyen problemas tendentes a la reconstrucción de los hechos mediante la descripción y el análisis de las lesiones, de tratamientos de operatoria dental, de prótesis o de otros elementos propios de la odontología. En los últimos tiempos se han planteado cuestiones como la valoración del daño corporal en odontología. Esta es una cuestión que se plantea cada día con mayor frecuencia, solo puede ser resuelta por profesionales y tiene una considerable implicación desde el punto de vista económico y social.
La odontología forense estudia la resolución de problemas jurídicos mediante la aplicación de conocimientos odontológicos. Esta rama cada vez tiene un contenido mas amplio, donde se incluyen cuestiones planteadas por el derecho civil, penal, laboral. Los conocimientos y técnicas odontológicas se utilizan para resolver las interrogantes antes mencionadas, o contribuir a su solución. En la mayor parte de los casos se trata de conocimientos de traumatología-odontológica, prótesis dental, operatoria dental o ciencias básicas en que se fundamenta el saber odontológico.
. Economía (honorarios, impuestos, etc.)
Código Sanitario. 1980
Art. 216. El Ministerio reglamentara el ejercicio legal de las profesiones en ciencias de la salud. Art.217. Para ejercer la condición de técnicos y auxiliares en ciencias de la salud se requiere registrar el certificado expedido por la institución competente, nacional o extranjera, reconocida por el Ministerio como formadora de recursos humanos en ciencias de la salud.
Art. 235. El Ministerio podrá cancelar la habilitación de cualquier trabajador empírico cuando no cumpla las disposiciones reglamentarias o su trabajo lo considere deficiente o riesgoso.
DOMINIO DE LA ODONTOLOGIA FORENSE
Reconstrucción de los hechos
Lesiones odontológicas
Lesiones odontológicas como accidentes laborales
Los dientes ofrecen mucha información para la comparación de los datos antemortem con los postmortem. En primer lugar, porque al estar, en parte, formados por el tejido más duro del cuerpo humano (el esmalte); por la relación forma, tamaño de su anatomía y por la protección física que encuentran sus raíces al estar enclavadas en los huesos maxilar superior y mandíbula, con gran frecuencia aparece como única fuente de información prácticamente intacta. En segundo lugar, la gran estabilidad evolutiva que poseen sus coronas, sigue un modelo poli génico que aunque actualmente es desconocido, se manifiesta en algunos caracteres morfológicos de importancia poblacional , ejemplo: alta frecuencia de dientes en forma de pala en el grupo racial mongoloide
Y por último, porque de todas las estructuras duras de origen mesodérmico, los dientes son los únicos que en el sujeto en vida se encuentran en contacto directo con el medio ambiente, por lo que algunas actividades económicas e inclusive culturales del hombre, pueden dejar "huellas" que unidas a los tratamientos odontológicos son de gran utilidad para establecer la identidad de una persona. Las condiciones físicas de los cuerpos de las víctimas en los desastres masivos pueden ser variables, sin embargo, la aplicación de técnicas propias de la Odontología Forense son en esencia las mismas usadas en las identificaciones de "rutina" de un cadáver en situaciones normales.
Lo que distingue el trabajo de los odontólogos forenses en tales circunstancias (al igual que al resto de los expertos) son los aspectos organizativos concernientes a la integración en un grupo multidisciplinario; no obstante la mayor relación la guarde con los antropólogos forenses. Las estimaciones de la estatura, del sexo, la edad y el grupo racial constituyen los elementos básicos en la identificación humana, al extremo de que estas variables son conocidas como las "cuatro grandes".No hay ningún método eficiente para estimar la estatura a partir de alguna estructura ósea del cráneo por lo que no nos referimos a ellas.
Estimación De La Edad
Determinación Del Sexo Y La Raza
Determinación De La Nacionalidad
Aspectos de odontología: Maxilar superior completo con todas las piezas a excepción de 16 y 26, perdidos ante mortem. Caries en 14. Sin emerger 28. Diastema de 4 mm entre los dos incisivos centrales.
Mandíbula completa con todos los dientes presentes. No hay desgaste
Individuo 2
Ambas arcadas vistas por delante: enfermedad periodontal y sarro.
Maxilar inferior: desgaste dentario y fractura del cuerpo
Mandíbula con fractura en rama derecha por paso de proyectil de arma de fuego.
Mandíbula con pérdida de dientes en vida
OBJETIVOS DE LA ODONTOLOGIA LEGAL
Dar a conocer a los respectivos profesionales el marco jurídico al que han de ajustarse en todas sus actividades. Que el odontólogo sepa cual es la norma que señala lo que debe hacer en cada caso y lo que dicha norma exige.
Estas normas se encuentran en textos recogidos, leyes de carácter generales, asistencia sanitaria, disposiciones legales que regulan específicamente el ejercicio de la odontología u otras profesiones sanitarias, particularmente las que se refieren a salud bucal. El conjunto de las normas comprenden la integridad del ejercicio de la odontología, en sus distintas modalidades y formas, en los sectores asistenciales tanto publico como privados.
OBJETIVOS DE LA ODONTOLOGIA FORENSE:
Resolver determinados problemas judiciales mediante la aportación de conocimientos odontológicos. Para resolver las citadas cuestiones, se emplean los conocimientos de la ciencia odontológica, en sus distintas aéreas. Se pretende que el profesional adquiera destreza o entrenamiento necesarios, lo cual esta sustentado en gran medida en la experiencia que suministra la practica profesional sobre estos temas.
FUENTES DE LA ODONTOLOGIA LEGAL Y FORENSE
1. FUENTE DIRECTA: La observación y la experimentación. El saber odontológico legal, trata de la apreciación y adecuada valoración del acontecer profesional diario, actualmente tiene mas valor como fuente la experimentación, esto es la observación provocada, dirigida y gobernada.
2. FUENTES INDIRECTAS: Están constituidos los libros y revistas que se ocupan de esta área de conocimiento.
3. NORMAS LEGALES: Disposiciones legales de carácter general, mas concretamente al ordenamiento de la odontología, tantos en los aspectos de la formación del profesional, como en las competencias profesionales.
CERTIFICADOS
La palabra certificado procede del latín ¨Certus¨, cierto, y ¨fasere¨ , hacer por tanto, significa asegurar, afirmar o dar por cierto alguna cosa.
¨ El documento en el que, bajo la fe y la palabra de la persona que la autorice con su firma, se hace constar un hecho, acto o cualidad, afín de que pueda surtir los correspondientes efectos jurídicos¨.
La nueva enciclopedia jurídica.
Los certificados médicos y los certificados odontológicos hacen constatar algo que quedo a la libre apreciación o valoración del que certifica. Los certificados son unos de los documentos que mas frecuentemente se le pide al odontólogo con la finalidad de dejar constancia de diversos hechos o interpretaciones sobre los enfermos y de los que hayan tenido conocimiento como consecuencia de su ejercicio profesional.
PARTES:
Sujeto: es quien puede extender el certificado odontológico y forzosamente puede ser un odontólogo legalmente autorizado para el ejercicio profesional.
Objeto sobre lo que se certifica: la finalidad que se persigue son el mismo: para justificar una ausencia laboral conseguir una indemnización por daños Para eximirse de la prestación de un servicio, etc.
Contenido: este ha de versar sobre hechos o datos en relación con las personas y relativos al ejercicio de la profesión odontológica: existencia de enfermedades orales, lesiones, síntomas, alteraciones y estados fisiológicos que aparecen en la persona en el momento de su observación.
Peticionario: los certificados odontológicos pueden emitirse:
A- A instancia de la autoridad;
B- A instancia del particular ( enfermo)
C- A instancia de tercera persona o entidad
Las autoridades, y sobre todo las judiciales, solo en raras ocasiones demandan la existencia de esta clase de documento; no obstante, a veces son imprescindibles para dejar constancia ante ellas de la existencia de procesos patológicos y su situación.
Destinatario: el rasgo característico de los certificados es que no van dirigidos a nadie en particular, por lo que pueden ser exhibidos y utilizados en cualquier sitio. No obstante, existen casos en que el certificado va dirigido a una persona o entidad o para que surta efecto o determinada finalidad.
Elementos formales de los certificados.
Preámbulo: En él constan el nombre y apellidos del odontólogo, así como su posible especialización y los datos para su fácil localización.
Exposición: Comienza con la palabra certifico o certifica, exponiendo a continuación los hechos observados y comprobados que motivan el documento, precedido ello de la filiación del enfermo o persona sobre la que se certifica.
Formula final: Generalmente es la siguiente ¨ y para que conste, expido el presente ( o la presente) a petición de…… ¨ (la parte interesada o la autoridad que lo solicita), en el lugar y fecha que corresponde. Debe tenerse presente que los números de las fechas deben expresarse en letras y que en ningún caso pueden faltar la firma del odontólogo, el lugar de emisión y la fecha.
POR:
Los alumnos de Odontología de la UCA - PY
Cynthia Antunes
Eduardo Gomez
''Excelente Trabajo, con el gran
esfuerzo se logra una gran recompensa''.
Dra. Joyce Roca