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miércoles, 10 de septiembre de 2008

Odontología Legal y Forense

CIENCIA MADRE: MEDICINA LEGAL
Odontología Legal: estudio de la odontología en sus relaciones con el derecho. Se establece en dos sentidos distintos:
  • Aplicación del derecho en la asistencia o cuidados odontológicos, es decir la practica de la odontología conforme al derecho, o siguiendo las prescripciones de la ley, lo que constituye la odontología legal.


  • Aplicación de los conocimientos odontológicos con la finalidad de resolver problemas que se plantean al derecho, lo que constituye la odontología forense o judicial también llamada odontología medico legal.
La denominación odontología legal tiene dos acepciones:


- Conjunto de saberes que surge al relacionar la odontología y el derecho.
- El ejercicio de la odontología conforme el derecho.

Antiguamente el ejercicio de la profesión odontológica quedaba a libre entendimiento entre el paciente y profesionales, y el Estado no debía intervenir en estas cuestiones. En tiempos mas recientes para el ejercicio de la profesión se han dictado una serie de normas legales que delimitan y ordenan sus distintos campos y modalidades.Por lo tanto la odontología legal supone el conocimiento de las normas legales, su origen, los objetivos que persiguen, su repercusión en el plano profesional, su estudio y su critica.

Tácito en sus anales describe la identificación de un cadáver por sus incisivos. En 1477 fue reconocido el cadáver de Carlos el Temerario, quien murió en la batalla DE NANCES, por la ausencia de sus dientes superiores. . En 1775 se hizo el reconocimiento de Joseph Warren, quien murió en batalla, mediante un puente de plata con colmillos de hipopótamo por Paul Reveré.. En 1879 fue identificado el cadáver de Napoleón V por su odontólogo.
La odontología legal y forense, nacen a partir del año 1898 cuando Oscar Amoedo publico su libro, L´art dentaire en médicine légale. En esta obra se recogen de manera sistemática los principales problemas odontológicos relacionados con el derechos y también se incluyen una serie de casos judiciales o cuestiones concretas que ya habían sido planteadas ante tribunales. Durante mucho tiempo se partió del ejercicio liberal de la profesión, quedando todos los problemas encomendados a libre entendimiento entre el odontólogo y paciente.

La odontología forense en una primera fase se limito a resoluciones de problemas identificativos. En una segunda fase se incluyen problemas tendentes a la reconstrucción de los hechos mediante la descripción y el análisis de las lesiones, de tratamientos de operatoria dental, de prótesis o de otros elementos propios de la odontología. En los últimos tiempos se han planteado cuestiones como la valoración del daño corporal en odontología. Esta es una cuestión que se plantea cada día con mayor frecuencia, solo puede ser resuelta por profesionales y tiene una considerable implicación desde el punto de vista económico y social.

La odontología forense estudia la resolución de problemas jurídicos mediante la aplicación de conocimientos odontológicos. Esta rama cada vez tiene un contenido mas amplio, donde se incluyen cuestiones planteadas por el derecho civil, penal, laboral. Los conocimientos y técnicas odontológicas se utilizan para resolver las interrogantes antes mencionadas, o contribuir a su solución. En la mayor parte de los casos se trata de conocimientos de traumatología-odontológica, prótesis dental, operatoria dental o ciencias básicas en que se fundamenta el saber odontológico.
DOMINIO DE LA ODONTOLOGIA LEGAL.
Descripción de la profesión de odontólogo y demás profesionales relacionados con la salud dental. . Funciones y competencias de estos profesionales
. Regulación del ejercicio en las distintas formas de dicha profesión
. Regulación del papel del odontólogo en la asistencia sanitaria.
. Requisitos para el ejercicio licito de la profesión.
. Ejercicio ilícito de la profesión.
. Organización corporativa y asociativa.
. Formación profesional y especialización.
. Documentos odontológicos.
. Prescripción y su ordenamiento.
. Aspectos legales de los materiales odontológicos y de la instrumentación.
. Economía (honorarios, impuestos, etc.)
. Derechos de los enfermos.
. Responsabilidad profesional.
. Códigos deondotologicos en odontología.
. Consentimiento de los pacientes.
. Aspectos legales de los trasplantes e implantes.
. Secreto profesional en odontología.
. Investigación
. Riesgos profesionales del odontólogo.

Código Sanitario. 1980
Art. 212.El Ministerio mantendrá un sistema permanente de registros de los recursos humanos para la salud debiendo exigir la actualización periódica de sus conocimientos profesionales, en forma que determine la reglamentación del presente código.
Art. 215.Para el ejercicio de los profesionales de ciencias de la salud se requiere contar con titulo expedido por la Universidad Nacional de Asunción, el que debe ser inscripto en el registro habilitado por el Ministerio.
Art. 216. El Ministerio reglamentara el ejercicio legal de las profesiones en ciencias de la salud. Art.217. Para ejercer la condición de técnicos y auxiliares en ciencias de la salud se requiere registrar el certificado expedido por la institución competente, nacional o extranjera, reconocida por el Ministerio como formadora de recursos humanos en ciencias de la salud.
Art. 218. El Ministerio determinara las profesiones cuya practica simultanea por un mismo profesional sea compactible.
Art. 233. Los pasantes profesionales, técnicos o auxiliares en ciencias de la salud estarán sujetos a las disposiciones que rijan para el funcionamiento publico.
Art. 235. El Ministerio podrá cancelar la habilitación de cualquier trabajador empírico cuando no cumpla las disposiciones reglamentarias o su trabajo lo considere deficiente o riesgoso.
Art. 241. El Ministerio determinara el régimen de admisión de los profesionales y auxiliares en los establecimientos de la salud.

DOMINIO DE LA ODONTOLOGIA FORENSE
Resolución de problemas de: Identificación
Del sexo
De la edad
De la raza
Del grupo sanguíneo
De la profesión
De posición socioeconómica
Del origen geográfico
De la individualidad personal
Reconstrucción de los hechos
De mordeduras
Examen de materiales odontológicos
Prótesis
Grandes catástrofes
Lesiones odontológicas
Determinación de las causas
Determinación de las concausas
Determinación del mecanismo lesivo
Determinación de las lesiones vitales o pos mortales
Determinación de las consecuencias lesivas
Lesiones odontológicas como accidentes laborales
Enfermedades profesionales en odontología
Valoración del daño corporal
Simulación y disimulación de enfermedades y lesiones odontológicas

Los dientes ofrecen mucha información para la comparación de los datos antemortem con los postmortem. En primer lugar, porque al estar, en parte, formados por el tejido más duro del cuerpo humano (el esmalte); por la relación forma, tamaño de su anatomía y por la protección física que encuentran sus raíces al estar enclavadas en los huesos maxilar superior y mandíbula, con gran frecuencia aparece como única fuente de información prácticamente intacta. En segundo lugar, la gran estabilidad evolutiva que poseen sus coronas, sigue un modelo poli génico que aunque actualmente es desconocido, se manifiesta en algunos caracteres morfológicos de importancia poblacional , ejemplo: alta frecuencia de dientes en forma de pala en el grupo racial mongoloide
Y por último, porque de todas las estructuras duras de origen mesodérmico, los dientes son los únicos que en el sujeto en vida se encuentran en contacto directo con el medio ambiente, por lo que algunas actividades económicas e inclusive culturales del hombre, pueden dejar "huellas" que unidas a los tratamientos odontológicos son de gran utilidad para establecer la identidad de una persona. Las condiciones físicas de los cuerpos de las víctimas en los desastres masivos pueden ser variables, sin embargo, la aplicación de técnicas propias de la Odontología Forense son en esencia las mismas usadas en las identificaciones de "rutina" de un cadáver en situaciones normales.
Lo que distingue el trabajo de los odontólogos forenses en tales circunstancias (al igual que al resto de los expertos) son los aspectos organizativos concernientes a la integración en un grupo multidisciplinario; no obstante la mayor relación la guarde con los antropólogos forenses. Las estimaciones de la estatura, del sexo, la edad y el grupo racial constituyen los elementos básicos en la identificación humana, al extremo de que estas variables son conocidas como las "cuatro grandes".No hay ningún método eficiente para estimar la estatura a partir de alguna estructura ósea del cráneo por lo que no nos referimos a ellas.

Estimación De La Edad
Existe una gran correlación entre la edad cronológica y la edad biológica; por esa razón, la segunda es utilizada para estimar a la primera que es en definitiva la que se requiere como elemento de trabajo en la identificación médico legal. La maduración dentaria principalmente y el brote de los dientes son los recursos más eficientes para estimar la edad en niños pequeños y en subadultos y puede ser de gran ayuda el estado de calcificación de los terceros molares en individuos con menos de 25 años de edad.

Determinación Del Sexo Y La Raza
La determinación de las variables sexo y raza presentan una gran dependencia metodológica, pues generalmente en los métodos y modelos estadístico-matemáticos empleados se consideran las variaciones de una con respecto a la otra. Aunque existen regiones anatómicas capaces de brindar mayor información y por lo tanto, proporcionar técnicas más eficientes, los dientes y maxilares pueden usarse con estos fines, sobre todo, en cadáveres muy fragmentados o carbonizados.

Determinación De La Nacionalidad
Los materiales usados en las reconstrucciones dentales, aparatos prótesis y ortodóncicos y en otros tratamientos propios de la Odontología, no siempre son los mismos en distintos países. Además, pueden encontrarse técnicas o "estilos" diferentes en los diseños y procedimientos. También, y como elemento de ornamentación más que terapéutico, en algunos humanos se practican variantes ornamentales que alteran estéticamente a los dientes anteriores. En consecuencia, estas diferencias pueden aprovecharse en el intento de clasificar a los cadáveres de acuerdo con el país de origen. Tal posibilidad, como puede entenderse, proporciona un magnífico recurso en la identificación masiva de víctimas por desastres aéreos y adquieren mayor importancia en aquellas situaciones en que ya sea por insuficiencia de información u otra razón, no sea posible la identificación absoluta de todos los fallecidos.

Aspectos de odontología: Maxilar superior completo con todas las piezas a excepción de 16 y 26, perdidos ante mortem. Caries en 14. Sin emerger 28. Diastema de 4 mm entre los dos incisivos centrales.

Mandíbula completa con todos los dientes presentes. No hay desgaste

Individuo 2


Ambas arcadas vistas por delante: enfermedad periodontal y sarro.






Lado izquierdo de ambos maxilares con enfermedad periodontal y sarro. Absceso en 24.

Maxilar inferior: desgaste dentario y fractura del cuerpo


Maxilar superior: caries en 24 y 25




Mandíbula con fractura en rama derecha por paso de proyectil de arma de fuego.


Mandíbula con pérdida de dientes en vida




OBJETIVOS DE LA ODONTOLOGIA LEGAL

Dar a conocer a los respectivos profesionales el marco jurídico al que han de ajustarse en todas sus actividades. Que el odontólogo sepa cual es la norma que señala lo que debe hacer en cada caso y lo que dicha norma exige.
Estas normas se encuentran en textos recogidos, leyes de carácter generales, asistencia sanitaria, disposiciones legales que regulan específicamente el ejercicio de la odontología u otras profesiones sanitarias, particularmente las que se refieren a salud bucal. El conjunto de las normas comprenden la integridad del ejercicio de la odontología, en sus distintas modalidades y formas, en los sectores asistenciales tanto publico como privados.


OBJETIVOS DE LA ODONTOLOGIA FORENSE:

Resolver determinados problemas judiciales mediante la aportación de conocimientos odontológicos. Para resolver las citadas cuestiones, se emplean los conocimientos de la ciencia odontológica, en sus distintas aéreas. Se pretende que el profesional adquiera destreza o entrenamiento necesarios, lo cual esta sustentado en gran medida en la experiencia que suministra la practica profesional sobre estos temas.


FUENTES DE LA ODONTOLOGIA LEGAL Y FORENSE

1. FUENTE DIRECTA: La observación y la experimentación. El saber odontológico legal, trata de la apreciación y adecuada valoración del acontecer profesional diario, actualmente tiene mas valor como fuente la experimentación, esto es la observación provocada, dirigida y gobernada.

2. FUENTES INDIRECTAS: Están constituidos los libros y revistas que se ocupan de esta área de conocimiento.


3. NORMAS LEGALES: Disposiciones legales de carácter general, mas concretamente al ordenamiento de la odontología, tantos en los aspectos de la formación del profesional, como en las competencias profesionales.


CERTIFICADOS
La palabra certificado procede del latín ¨Certus¨, cierto, y ¨fasere¨ , hacer por tanto, significa asegurar, afirmar o dar por cierto alguna cosa.
¨ El documento en el que, bajo la fe y la palabra de la persona que la autorice con su firma, se hace constar un hecho, acto o cualidad, afín de que pueda surtir los correspondientes efectos jurídicos¨.

La nueva enciclopedia jurídica.
Los certificados médicos y los certificados odontológicos hacen constatar algo que quedo a la libre apreciación o valoración del que certifica. Los certificados son unos de los documentos que mas frecuentemente se le pide al odontólogo con la finalidad de dejar constancia de diversos hechos o interpretaciones sobre los enfermos y de los que hayan tenido conocimiento como consecuencia de su ejercicio profesional.


PARTES:

Sujeto: es quien puede extender el certificado odontológico y forzosamente puede ser un odontólogo legalmente autorizado para el ejercicio profesional.

Objeto sobre lo que se certifica: la finalidad que se persigue son el mismo: para justificar una ausencia laboral conseguir una indemnización por daños Para eximirse de la prestación de un servicio, etc.

Contenido: este ha de versar sobre hechos o datos en relación con las personas y relativos al ejercicio de la profesión odontológica: existencia de enfermedades orales, lesiones, síntomas, alteraciones y estados fisiológicos que aparecen en la persona en el momento de su observación.

Peticionario: los certificados odontológicos pueden emitirse:

A- A instancia de la autoridad;

B- A instancia del particular ( enfermo)

C- A instancia de tercera persona o entidad

Las autoridades, y sobre todo las judiciales, solo en raras ocasiones demandan la existencia de esta clase de documento; no obstante, a veces son imprescindibles para dejar constancia ante ellas de la existencia de procesos patológicos y su situación.
Destinatario: el rasgo característico de los certificados es que no van dirigidos a nadie en particular, por lo que pueden ser exhibidos y utilizados en cualquier sitio. No obstante, existen casos en que el certificado va dirigido a una persona o entidad o para que surta efecto o determinada finalidad.


Elementos formales de los certificados.

Preámbulo: En él constan el nombre y apellidos del odontólogo, así como su posible especialización y los datos para su fácil localización.

Exposición: Comienza con la palabra certifico o certifica, exponiendo a continuación los hechos observados y comprobados que motivan el documento, precedido ello de la filiación del enfermo o persona sobre la que se certifica.


Formula final: Generalmente es la siguiente ¨ y para que conste, expido el presente ( o la presente) a petición de…… ¨ (la parte interesada o la autoridad que lo solicita), en el lugar y fecha que corresponde. Debe tenerse presente que los números de las fechas deben expresarse en letras y que en ningún caso pueden faltar la firma del odontólogo, el lugar de emisión y la fecha.

POR:

Los alumnos de Odontología de la UCA - PY

Cynthia Antunes
Eduardo Gomez

''Excelente Trabajo, con el gran

esfuerzo se logra una gran recompensa''.

Dra. Joyce Roca

miércoles, 3 de septiembre de 2008

BIOETICA

“Estudio interdisciplinario en torno a las consecuencias éticas de la aplicación de la ciencia y la técnica en cuestiones de la vida, la salud y el ambiente”


La investigación médica, sin embargo, a diferencia de la pura investigación científica, tiene siempre como objetivo primordial el alivio del sufrimiento humano, la curación de la enfermedad o el remedio de disfunciones vitales. Así, en todo proyecto de investigación el posible perjuicio que puede surgir de la propia investigación debe medirse en todos los casos en contraste con el bien que al final puede resultar de la misma. Sin embargo, en un proyecto nuevo y experimental tal contrapeso puede no dar una conclusión segura. Aquí radica el origen de los dilemas éticos de la investigación.


PRINCIPIOS BIOETICOS FUNDAMENTALES
+PRINCIPIO DE AUTONOMÍA.
+PRINCIPIO DE BENEFICENCIA.
+PRINCIPIO DE NO MALEFICENCIA.
+PRINCIPIO DE JUSTICIA.
+MANIPULACIÓN GENÉTICA

Molécula de ADN
La molécula de ADN tiene la estructura de una escalera formada por azúcares, fosfatos y cuatro bases nucleotídicas llamadas adenina (A), timina (T), citosina (C) y guanina (G). El código genético queda determinado por el orden de estas bases, y cada gen tiene una secuencia única de pares de bases. Los científicos utilizan estas secuencias para localizar la posición de los genes en los cromosomas y elaborar el mapa del genoma humano.

Los beneficios actuales de la manipulación genética son importantes:
+Producción de medicamentos.
+Diagnóstico de enfermedades genéticas.
+Curación de enfermedades genéticas.
+Creación de nuevas especies
+Identificación de criminales.
+Pruebas de paternidad.
OPINIÓN DE LA IGLESIA
La iglesia considera la ingeniería genética como un bien, si se emplea al servicio del hombre, para curar o prevenir enfermedades, para aumentar la producción de alimentos o medicamentos; siempre que exista un cálculo razonable de los riesgos y los beneficios, anteponiendo ante cualquier otra consideración el calor fundamental de la vida humana.

PROCREACIÓN ARTIFICIAL
Es la concepción de seres humanos sin la relación sexual de sus progenitores, bien porque se produzca la fecundación en un laboratorio o bien porque las células sexuales masculinas sean introducidas artificialmente en el cuerpo de la mujer.

OPINIÓN DE LA IGLESIA
La iglesia no acepta la inseminación artificial, por que cree que no debe separarse el doble significado de la relación sexual: el unitivo ( expresión de amor y unidad entre los esposos) y el pro creativo ( concepción de hijos). Tampoco considera buenos los anticonceptivos.
ABORTO . ABORTO PROVOCADO
Destrucción voluntaria del ser humano concebido y aún no nacido, expulsándolo fuera del útero materno; lo cual, éticamente no tiene nada que ver con el aborto espontáneo, consecuencia de alguna enfermedad o alteración orgánica que sucede en algunos embarazos sin que haya responsabilidad por parte de nadie.

MARCO LEGAL
ART. 349
.-"La mujer que causare su aborto, por cualquier medio empleado por ella misma o por un tercero con su consentimiento, será castigada con penitenciaría de 15 a 30 meses”
ART. 350.- “La pena será de 4 a 6 años si por razón de los medios empleados para causar el aborto o por el hecho mismo del aborto resultare la muerte de la mujer” “Si la muerte de la mujer resultare de haber empleado para hacerla abortar medios más peligrosos que los consentidos por ella, la pena será de 6 a 8 años de penitenciaría”
ART. 351.- “ El que sin consentimiento de la paciente causare dolosamente el aborto de una mujer, empleando violencia o medios directos, será castigado con 3 a 5 años de penitenciaría “. Si resulta la muerte de la mujer, el culpable sufrirá de 5 a 10 años de penitenciaría. En los demás casos, al aborto no concentido por la paciente será castigado con 2 a 5 años de penitenciaría.
ART. 352.- “Las penas establecidas anteriormente serán aumentadas en un 50% cuando el culpable fuera el propio marido de la paciente”. El mismo aumento se aplicará a los médicos, enfermeras, parteras, farmacéuticos, estudiantes de medicina que a sabiendas hubiesen indicado o suministrado los medios por los cuales se hubieren causado el aborto o hubiere sobrevenido la muerte.

EUTANASIA
Etimológicamente significa “buena muerte” pero el sentido actual que le damos es de “homicidio por compasión”. Esto es, causar la muerte a un ser humano para evitarle sufrimientos o atendiendo a su deseo de morir.
La Eutanasia puede producirse por acción u omisión. Esto es, matando directamente o bien dejando morir, negando la asistencia adecuada. Pero éticamente no existe diferencia entre ambas.
TIPOS DE EUTANASIA
+Eutanasia Voluntaria.
+Eutanasia Involuntaria.
+Eutanasia Activa (directa)
+Eutanasia Pasiva (indirecta)

SUICIDIO ASISTIDO
En el suicidio asistido, una persona contribuye a la muerte de otra, pero es ésta última la que directamente se quita la vida.
SE DEBE DIFERENCIAR:
ORTOTANASIA: consiste en no emplear medios extraordinarios para alargar innecesariamente la vida.
DISTANASIA: es el alargamiento de la vida mediante medios desproporcionados. Se lo conoce como ensañamiento terapéutico.

MARCO LEGAL
ART. 106
.- Homicidio motivado por súplica del paciente. El que matara a otro que se hallase gravemente enfermo o herido, obedeciendo a súplicas serias, reiteradas e insistentes de la víctima, será castigado con pena privativa de libertad de hasta 3 años.
ART. 108.- Suicidio. El que incitare a otro a cometer suicidio o lo ayudare, será castigado con pena privativa de libertad de 2 a 10 años. El que no impidiere, pudiendo hacerlo sin riesgo para su vida, será castigado con pena privativa de libertad de 1 a 3 años.
POR:
Los alumnos de Odontología de la UCA - PY

Amada Mercedes Arguello Gaona
Diego Abraham Fernandez Apuril
''Excelente Trabajo, sigan con el empeño
y la dedicación, asi tendrán un lindo futuro''.
Dra. Joyce Roca

FILOSOFIA Y MORAL EN LA ODONTOLOGIA LEGAL


Las palabras DEONTOLOGIA, ETICA y MORAL, que tienen una significación diferenciada, se utilizan con frecuencia como sinónimos y particularmente cuando se aplican a las profesiones sanitarias.

DEONTOLOGÍA: viene del griego “ deontos”, deber y “logos”, tratado, y por tanto, significa tratado de los deberes.
ETICA: Deriva del griego “ethos”; costumbre, es la parte de la filosofía que trata de las obligaciones del hombre.
MORAL: Del latín “moralis”; ciencia que trata del bien en general y de las acciones humanas en orden a su bondad o malicia. La moral trata de un conjunto de creencias,costumbres, valores y normas de una persona o un grupo social.

ETICA PROFESIONAL: o Moral Profesional, se define como la “ciencia normativa que estudia los deberes y los derechos de los profesionales en cuanto tales”

Los 3 elementos fundamentales de la Ética son:
¨Deliberar,
¨Decidir, y
¨Ejecutar.

PRINCIPIOS ESPECIFICOS DE LA DEONTOLOGÍA ODONTOLOGICA
ØPrincipio de la beneficencia.
ØPrincipio de autonomía.
ØPrincipio de benevolencia.
ØPrincipio de confidencialidad.
ØPrincipio utilitarista.
ØPrincipio de universalización.
ØPrincipio de igualdad.
ØPrincipio de justicia y equidad.

PRINCIPIOS INTERNACIONALES DE DEONTOLOGÍA PARA PROFESIONALES ODONTOLOGOS
1. Al Paciente
+Conservar la salud de los pacientes, sin ninguna distinción.
+Las necesidades del paciente deben constituir el interés principal del odontólogo.
+El odontólogo tiene derecho de rehusar el tratamiento de un paciente, excepto..
+El profesional debe respetar la libre elección del paciente.
+El secreto profesional debe ser absoluto.
+El odontólogo deberá aceptar plena responsabilidad por todo tratamiento realizado.
+El odontólogo deberá estar dispuesto a remitir a otros colegas aquellos casos que considere fuera de su competencia.
+El odontólogo deberá proteger a su paciente, mediante seguros.
2. La Comunidad
+El odontólogo deberá participar en actividades de educación para la salud dental y deberá promover y apoyar medidas aceptadas para mejorar la salud dental.
+El odontólogo solo podrá aumentar su reputación profesional a través de servicios profesionales que proporcionare a sus pacientes y a la sociedad.
+Los detalles profesionales se limitarán a informar al publico los servicios odontológicos, se deben evitar certificaciones falsas y declaraciones erróneas.
+El odontólogo debe asumir un papel responsable en la vida de la comunidad.
3. La Profesión
+El odontólogo deberá mantener su habilidad profesional mediante la educación continua.
+Deberá comportarse con sus colegas de una manera correspondiente con su vocación profesional.
+No deberá solicitar pacientes de sus colegas.
+El odontólogo no deberá menospreciar los servicios de otros colegas en presencia de un paciente.
+Deberá apoyar el avance de la profesión.
+Tiene la obligación de poner a disposición de todos los resultados de sus investigaciones.

PRINCIPALES PROBLEMAS DEONTOLOGICOS QUE SE PLANTEAN EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
+Los problemas éticos que se presentan con mayor incidencia son:
+Consentimiento de los enfermos.
+Secreto profesional y sus limites.
+Investigaciones en enfermos.
+Transplantes e implantes de órganos y sus limites éticos.
+Intervenciones quirúrgicas y limites.
+Tratamiento del dolor.
+Uso y abuso de medicamentos.
+Limites de información.
+Asistencia odontológica y limitaciones económicas.
+Problemas éticos de la prescripción.
+Admisión y rechazo de enfermos.
+Prioridades en caso de urgencias.

CÓDIGO DE ETICA PROFESIONAL
“ Consiste en una recopilación, o conjunto de normas y leyes que regulan el ejercicio ético de la profesión” .
SE DEBE OCUPAR DE:
.Las normas generales del ejercicio de la profesión, en lo moral, la defensa de los intereses morales y materiales de la profesión, la relación con los enfermos, secreto profesional, de sus responsabilidades, las reglas para ofrecer los servicios profesionales.
.Deberes de los odontólogos hacia los pacientes, los honorarios profesionales y sus regulaciones.
.Los deberes de confraternidad con los colegas.
.De las normas disciplinarias; casos de faltas a la moral por ignorancia, negligencia, impericia; las penas y sanciones, amonestaciones, suspensiones, expulsión,
.Debe fundamentarse la ética profesional del odontólogo en una formación humanista.

¿ En que consiste la formación humanista?
ØQue lo capacite para comprender la dimensión humana de su paciente.
ØQue lo hace reconocer al paciente que tiene derechos y que serán respetados durante todo el tratamiento.
ØQue lo hace sensible para percibir y manejar los sentimientos del paciente, los estados de ánimo, los temores.
ØQue lo induzca a comprometerse personalmente con los legítimos intereses familiares y personales de cada paciente.
ØRespeto por el trabajo y la fama del colega, evitando al máximo la competencia desleal.

POR:
Los alumnos de Odontología de la UCA - PY
Amada Mercedes Arguello Gaona
Diego Abraham Fernandez Apuril
''Excelente Trabajo, sigan con el empeño
y la dedicación, asi tendrán un lindo futuro''.
Dra. Joyce Roca